La Corte Interamericana de Derechos Humanos se manifestó esta tarde ordenando que el Estado peruano se abstenga de liberar al expresidente Alberto Fujimori Fujimori, en cumplimiento de sus obligaciones convencionales.
“El Estado del Perú debe abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú el 17 de marzo de 2022, que restituye los efectos del indulto ‘por razones humanitarias’ concedido a Alberto Fujimori Fujimori el 24 de diciembre de 2017”, señala la resolución.
El ente supranacional indicó que la decisión se debe a que el Tribunal Constitucional no cumplió con las condiciones determinadas en la resolución de supervisión de cumplimento de sentencias del 30 de mayo de 2018.
Asimismo, requirió al Estado peruano a presentar a la Corte IDH un informe sobre el cumplimiento de la obligación de “investigar, juzgar y sancionar en los relativo a no ejecutar la sentencia dictada por el TC”, a más tardar el 13 de mayo de 2022.
La Corte IDH realizará una audiencia de supervisión de cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones de derechos humanos de los casos Barrios Altos y La Cantuta, relativo al indulto concedido a Fujimori, como se hizo en la resolución de supervisión del 30 de mayo de 2018.
Como se recuerda, el TC declaró el pasado jueves 17 de marzo fundado el habeas corpus presentado a favor de Alberto Fujimori y restableció los efectos del indulto humanitario que le otorgó el expresidente Pedro Pablo Kuczynski en diciembre del 2017.
El 30 de marzo de 2022 la Corte ordenó de manera temporal a dicho Tribunal abstenerse de liberar a Fujimori y el día de hoy confirma que Fujimori no puede ser liberado.
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