La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) podrá multar a las empresas que no cumplan con depositar el concepto de la Compensación de Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores hasta el lunes 16 de mayo de este año, tal y como lo estipula la norma vigente.

El monto de la sanción dependerá del tipo de empresa y de la cantidad de trabajadores afectados. En el caso de una pequeña empresa, el monto de la multa va de 0.45 a 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), lo que oscila entre 2,070 y 20,700 soles; y, en el caso de las empresas no mype, el monto de la sanción va entre los 1.57 a los 26.12 UIT, lo que equivale a montos entre los 7,222 y los 120,152 soles.

eLa CTS es un beneficio social entregado dos veces al año dentro de los primeros quince días de mayo y noviembre, cuyo fin es servir al trabajador de auxilio económico que le permita afrontar las consecuencias del desempleo.

Para el depósito correspondiente a mayo del 2022, la fecha límite para que los empleadores cumplan con el depósito es el 16 de mayo. Cabe precisar que el último día para el depósito es el domingo 15 de mayo; sin embargo, al ser un día inhábil el depósito puede efectuarse hasta el día hábil siguiente.

Del mismo modo, los empleadores están obligados a entregar a cada trabajador una liquidación debidamente firmada dentro de los cinco días hábiles de haberse efectuado el depósito.

Exclusiones

Los trabajadores que están excluidos de recibir la CTS son aquellos que realicen labores a tiempo parcial (part time), los que tienen convenios de Remuneración Integral Anual que incluyan este beneficio, aquellos que laboren para una microempresa acreditada en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) o los trabajadores que perciben el 30 % o más del importe de las tarifas que paga el público por los servicios.

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