Mediante Decreto Supremo 006-2021-MINAM, hoy se aprobó una norma histórica que tiene como objetivo proteger a los humedales del país.
El decreto, publicado en el diario oficial El Peruano, desarrolla disposiciones para la gestión multisectorial y descentralizada de los humedales, y lleva la rúbrica del presidente de la República, Francisco Sagasti, y los ministros del Ambiente, Producción y Desarrollo Agrario y Riego.
Los humedales son ecosistemas frágiles, pero fundamentales en el proceso de regulación del ciclo hídrico, ya que tienen la capacidad de generar o mejorar la calidad del agua y, además de albergar flora y fauna, pueden retener una gran cantidad de gases de efecto invernadero.
Estos espacios naturales, resultan importantes tanto para las personas que habitan en los alrededores -debido a que les permite desarrollar diversas actividades productivas- como para quienes aprovechan recursos indispensables como el agua en las ciudades.
A pesar de este evidente aporte, hasta hace poco los humedales no estaban plenamente protegidos por el marco normativo. Existían vacíos legales que dificultaban su protección frente a diversas amenazas: construcción de edificaciones mal planificadas, actividades extractivas, sobrepastoreo, entre otras.
A estas amenazas, se suma la actividad que realizan los “champeros”, así llamados por ser los depredadores que extraen la turba (o champa) de los bofedales para comercializarla en los viveros de las ciudades, sin considerar que este material demora cientos de años en formarse naturalmente.
El Perú, es uno de los países con una de las mayores extensiones mundiales de turberas, que son un fijador de carbono muy eficiente y es uno de los espacios donde se almacena más carbono que todos los tipos de ecosistemas que tenemos en el país.
Protección legal
Para proteger estos ecosistemas, el ministro del Ambiente, Gabriel Quijandría, explicó que se necesitó de un esfuerzo multisectorial, y por ello, en el 2013, se conformó el Comité Nacional de Humedales, integrado por autoridades como el Minam, Autoridad Nacional del Agua (ANA), Ministerio de la Producción (Produce), Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp), Instituto del Mar del Perú (Imarpe), entre otras.
A partir de esta integración, se desarrolló una propuesta de norma que protegerá los humedales del país y que ha sido publicada el día de hoy en el diario oficial El Peruano.
La norma aclara las competencias de cada sector en la protección de estos ecosistemas y establece en qué puntos deben actuar de manera conjunta y colaborativa. Dicho instrumento legal es de aplicación nacional, independientemente del tipo de humedal.
“Con esto regularemos lo que se permite y lo que no se permite en un humedal en específico en función del tipo de humedal. Tenemos algunos que están degradados, por lo que la estrategia debería ser de recuperación de los servicios ecosistémicos, y en otros debemos asegurar que estos servicios ecosistémicos no se pierdan, aquellos que han sido menos intervenidos. Necesitamos avanzar, también, en institucionalizar todo este tema de generación de información a partir del Inventario Nacional de Humedales”, afirmó Quijandría.
Alcances del Decreto Supremo
La norma reconoce el valor estratégico de los humedales para la seguridad hídrica, la seguridad alimentaria y los medios de vida de poblaciones locales. Además, tiene un enfoque multisectorial y descentralizado para atender situaciones de amenaza y afectación.
Se podrá priorizar la inversión pública y privada para la gestión y conservación de los humedales en base a criterios de seguridad hídrica, situación de necesidad, recuperación o gestión temprana; y, dispone aprobar una metodología para la delimitación e identificación de humedales con la creación del Inventario Nacional de Humedales.
Al respecto, Isabel Calle, Directora Ejecutiva de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), una de las instituciones que han contribuido con la elaboración de dicha norma, señaló: “La nueva norma sobre gestión de humedales marca un hito en los esfuerzos estatales para la protección legal de ecosistemas estratégicos para la seguridad hídrica. En un escenario ideal no deberíamos necesitar esquemas de protección por cada área esencial de nuestro patrimonio natural, pero en los últimos años hemos visto como la depredación de bofedales altoandinos, la extracción indiscriminada de turba y la degradación de estas áreas que están a lo largo del territorio nacional se ve comprometida porque el sistema de protección estaba pendiente”.
“Con esta norma, el Ministerio del Ambiente y el Comité Nacional de Humedales, establecen no solo restricciones, prohibiciones y condiciones de uso para los humedales sino que para aquellas áreas en buen estado de conservación o que requieren ser recuperadas disponen el diseño de mecanismos financieros para que el sector privado y público desplieguen esfuerzos de inversión y todo una estructura de intervención del Estado para que este se haga presente de forma oportuna, gestionando las áreas desde la investigación y la puesta en valor de sus beneficios y atributos».
«Con esta norma se marca una hoja de ruta que esperamos se replique en otras áreas clave para la seguridad hídrica, alimentaria y gestión de riesgos de desastres donde, además, las comunidades contiguas asumen un rol clave desde hace varios años”, sentenció.
Esta iniciativa contó con la asistencia técnica del Proyecto Infraestructura Natural para la Seguridad Hídrica, desde la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA).