El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) exhorta a los conductores a cumplir con las reglas de tránsito y a respetar a los usuarios de las vías garantizando la vida de las personas y la seguridad vial.
Asimismo, el ente rector en materia de transportes les recuerda a los conductores en qué casos pueden, de acuerdo con el Reglamento Nacional de Tránsito, perder de manera definitiva su licencia de conducir.
Una de las causas es por manejar un vehículo habiendo ingerido alcohol en cantidad mayor a lo permitido (0.50 gr/l) o bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos, lo cual debe demostrarse con el examen respectivo, o por negarse a realizarse la prueba y que, habiendo cometido cualquiera de estas faltas, haya participado en un accidente de tránsito (infracción M.1).
Igualmente, se pierde el brevete por conducir un vehículo teniendo suspendida la licencia de conducir o estando inhabilitado para obtenerla (infracción M.4).
También se cancela definitivamente por conducir un vehículo y generar accidentes de tránsito ocasionando lesiones graves o muerte (infracción M.39).
Estas infracciones son calificadas como muy graves y, además, se sancionan con una multa de S/4950 y el internamiento del vehículo.