La Contraloría General alertó la postergación de la Puesta en Operación Comercial de la Etapa 1A del Proyecto “Línea 2 y Ramal Av- Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”, a consecuencia de la demora en el inicio de las Pruebas de Puesta en Marcha, debido a que aún continúan ejecutándose –entre otros- las Pruebas SAT de Integración de los Sistemas Ferroviarios y No Ferroviarios.

Una comisión de control evidenció que el avance de estas pruebas SAT (pruebas de aceptación en campo) está siendo afectado por discrepancias entre el Concesionario, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC – Concedente) y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) en torno al desarrollo del Sistema de Recaudo y al suministro de las Tarjetas lnteroperables de Transporte (TIT) para la implementación del Sistema de Control de Pasajeros (SCP) del Proyecto.

El Informe de Control Concurrente N° 3707-2022-CG/APP-SCC señala que esta diferencia de posiciones se ve reflejado en el 0% de avance de ejecución y certificación del SCP, situación que subsiste desde hace 10 meses aproximadamente, plazo durante el cual las partes se han cursado diversas comunicaciones sin solucionar dicha situación.

De la información recabada, el Concesionario sostiene que no podrá implementar ni culminar el Sistema de Control de Pasajeros si el MTC no le proporciona el Sistema de Recaudo requerido; ante lo cual, el MTC y la ATU han señalado que no corresponde proporcionar la información solicitada por el Concesionario y que no constituye impedimento para que éste implemente el SCP. Asimismo, el MTC y la ATU sostienen que el Contrato de Concesión no establece que el Concedente deba suministrar las TIT al Concesionario.

El informe indica que dicha situación impacta en la culminación y aceptación de las obras comprendidas en la Etapa 1A, lo cual impide el inicio de las Pruebas de Puesta de Marcha, cuyo plazo máximo para ejecutarlas venció el 23 de octubre de 2021. Ello, a su vez, posterga el inicio de la Puesta en Operación Comercial (funcionamiento) de la referida etapa de la Línea 2 del Metro de Lima, así como el aprovechamiento oportuno de la infraestructura por parte de los usuarios.

Cabe precisar que el Sistema de Control de Pasajeros es el conjunto de equipos e instalaciones estructuradas para satisfacer las necesidades básicas que presentan las estaciones del Metro, como por ejemplo, el control de entrada y salida de usuarios, comprobar los pagos realizados, ayuda en la venta de pasajes, prevención de fraude y evasión, entre otros. El sistema está basado en el uso de tarjetas u otros medios con microprocesadores inteligentes, y sin contacto.

La Etapa 1A del proyecto se extiende desde la Estación Mercado Santa Anita hasta la Estación Evitamiento; y comprende 5 estaciones.

Otros obstáculos

Otro hecho adverso identificado por la comisión de control durante una visita de inspección es que no se ha evidenciado que la ATU haya implementado medidas definitivas respecto al pilar del puente peatonal ubicado sobre un carril de la Carretera Central en el área de la Estación Óvalo Santa Anita; ni tampoco ejecutó soluciones técnicas temporales o definitivas sobre el canal de riego ubicado en el área de la Estación Mercado Santa Anita que forman parte de la Etapa 1A, por lo que no se garantizarían las condiciones de seguridad y transitabilidad en los tramos adyacentes a dichas estaciones.

Cabe precisar, que la existencia de estos obstáculos fueron advertidos por la Contraloría hace 9 meses, en el Informe de Hito de Control N° 013708-2021-CG/APP-SCC del 16 de agosto de 2021, como parte del permanente acompañamiento de control gubernamental que se realiza al proyecto de la Línea 2 del Metro de Lima, cuya inversión total asciende a US$ 5 346 495 238.

Los resultados del presente informe, que comprende el período del 11 de abril al 30 de mayo de 2022, fueron comunicados oportunamente al Director General de Programas y Proyectos en Transporte del MTC y a la Presidenta Ejecutiva de la ATU para que adopten las acciones correctivas pertinentes que permitan superar los hechos adversos identificados. También se notificó a la presidenta del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN), en su calidad de Regulador del Contrato de Concesión.

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