La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) es la entidad encargada de administrar los impuestos en el país y determinar las categorías de renta de los ciudadanos. Estas categorías pueden variar con el tiempo y las actividades de los contribuyentes.
“Entender tu categoría en Sunat es fundamental para cumplir con tus obligaciones tributarias de manera correcta. Cada una tiene sus propias características y requisitos, por lo que es crucial estar al tanto de las regulaciones fiscales y mantener una buena gestión contable para evitar sorpresas desagradables en el futuro”, señala Doris Pineda, jefa de Contabilidad del Estudio Fuentes.
Asimismo, explica que para saber a qué categoría de Sunat pertenece una persona, es esencial comprender las características de cada una y determinar cuál se ajusta mejor a tu situación actual. Actualmente existen cinco:
Primera categoría:
En esta categoría se incluyen todas las rentas generadas por arrendamientos, subarrendamientos u otras cesiones de bienes inmuebles y muebles. Esto abarca propiedades como departamentos, casas, terrenos, maquinaria y construcciones. Aquellos que obtienen ingresos a través del alquiler tributan de manera independiente, con una tasa del impuesto a la renta del 6.25% sobre el monto neto determinado.
Segunda categoría:
La segunda categoría engloba los ingresos obtenidos por la venta de acciones y montos inmobiliarios procedentes de fuentes extranjeras. La tasa aplicable para el impuesto a la rente es del 6.25%. Las fuentes extranjeras tienen que cumplir con ciertas condiciones, como estar registradas en el Registro Público de Mercado de Valores del Perú y ser controladas por negociación extranjera según acuerdos suscritos en el país.
Tercera categoría:
Esta categoría incluye las rentas generadas por actividades empresariales de personas jurídicas y naturales. Los ingresos provienen de la colaboración conjunta entre el trabajo y la inversión de capital, y las actividades empresariales pueden incluir producción, compra o venta, según el Reglamento de Impuestos a la Renta.
Cuarta categoría:
En la cuarta categoría se registran los ingresos por labores realizadas de profesionales y no profesionales de manera independiente en diversos sectores, como el arte y la ciencia. Los trabajadores bajo el Contrato Administrativo de Servicios (CAS) también pertenecen a esta categoría y solo deben presentar declaraciones en caso de tener un saldo de impuestos por regularizar.
Aquellos que perciban rentas de Cuarta categoría, están obligados a emitir a partir del 01 de abril de 2017 Recibo por Honorarios Electrónico.
Quinta categoría:
Todos aquellos que reciben un salario como empleados en planilla, incluyendo a los trabajadores del sector público, se encuentran en la quinta categoría. Las utilidades percibidas también se suman a las retenciones del impuesto de quinta categoría.
“La categoría en Sunat no es solo un detalle administrativo, es la base de una gestión financiera sólida. Cuando comprendes tu categoría, puedes tomar decisiones informadas que beneficien tanto a tu negocio como a tu tranquilidad frente a las obligaciones fiscales”, concluye la especialista.
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