El Poder Ejecutivo, mediante el Decreto Supremo N° 006-2022-EM, aprobó la ampliación del plazo de adecuación, al 01 de enero del 2023, iniciando la simplificación del número de tipos de gasoholes y gasolinas para uso automotor, lo que permitirá una migración más ordenada a los nuevos tipos: Regular y Premium, en beneficio del usuario final.
La norma señala, en sus considerandos, que desde finales de 2021 se viene presentando un escenario extraordinario de incremento de precios de los combustibles, el cual se ha acrecentado en los primeros meses del 2022, lo que puede afectar el cumplimiento de los objetivos del Decreto Supremo N° 014-2021-EM en lo referido a generar eficiencia y competitividad.
Asimismo, detalla que el actual contexto puede impactar en la economía de los consumidores actuales de los combustibles, circunstancia que se agravaría ante la migración hacia el uso y comercialización de las gasolinas y gasoholes regular y premium.
Por tal motivo, esta nueva fecha de vigencia permitirá evitar el impacto inmediato en precios para los consumidores finales, así como tener una mayor predictibilidad para la implementación de los nuevos tipos de gasolinas y gasoholes, además de realizar las acciones de supervisión y fiscalización de manera más eficiente por parte del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN).
Es importante recordar que, los gasoholes cuentan con un mayor octanaje gracias a la adición del alcohol carburante. Es decir, el gasohol de 90 octanos, que se obtiene de la mezcla de alcohol carburante (7.8%) y gasolina de octanaje 90 (92.8%), puede tener un octanaje final de entre 92 y 94 octanos. En ese sentido, la población debe saber que sus vehículos ya usan gasoholes con octanajes superiores a 91 y 96, los cuales serán los octanajes mínimos del gasohol regular y premium.
La norma también establece que, en los departamentos de Loreto, Amazonas, San Martin y Madre de Dios, se continuará comercializando y usando gasolina de 84 octanos hasta el 30 de junio de 2023.
El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) destaca que esta medida de simplificación del número de tipos de gasolinas y gasoholes contribuye a ordenar el mercado de los combustibles, mejorar la calidad del aire, mediante la mitigación del impacto que las emisiones contaminantes del parque automotor generan en perjuicio de la salud humana, y por consiguiente contribuye con el cumplimiento del deber del Estado de promover el bienestar general y salvaguardar la calidad de vida de los ciudadanos.
Finalmente, el ente rector considera que la norma ayudará a disminuir las brechas en la oferta de las instalaciones de hidrocarburos en toda la cadena de comercialización. Por consiguiente, esto generará mejoras logísticas, que se traducirán a futuro en una reducción de gastos operativos y una mejora en la competencia de establecimientos de venta al público de combustibles, generando precios más asequibles en beneficio del usuario.